18 de noviembre de 2013

Con talleres fortalecen el proceso de Restitución de Tierras

Durante dos días de fuerte trabajo, la Unidad de Restitución de Tierras (urt), Dirección Territorial de Norte de Santander, realizó talleres con representantes de algunos de los principales sectores que involucra el proceso de restitución de tierras durante la etapa de postfallo.

En Cúcuta, durante dos jornadas completas, representantes legales de asociaciones de palmicultores, del sector de la banca y de empresas de servicios públicos de varios municipios de Norte de Santander recibieron información por parte de personal de la urt sobre el proceso de licitación para la administración de proyectos productivos, así como lo concerniente al Programa de Alivio de Pasivos que contempla la Ley 1448 dentro de los beneficios que trae a las víctimas de restitución.
Frente al tema de proyectos productivos, consultores del Fondo de la Unidad recalcaron a los asistentes la obligación de hacer efectivo el cumplimiento de todas y cada una de las sentencias de restitución proferidas hasta ahora por los jueces especializados.
Para este fin, teniendo en cuenta el artículo 99 de la Ley 1448 de 2011, en aquellos casos en que se compruebe la buena fe exenta de culpa se entregará el proyecto productivo existente al Fondo, para que lo explote a través de terceros y se destine la producción a programas de reparación colectiva para víctimas de las vecindades del predio, incluyendo al beneficiario de la restitución.
De igual modo, durante el taller se hizo énfasis en la Sentencia C-820 de 2012 proferida por la Corte Constitucional, la cual precisa que la administración de un proyecto productivo por parte del Fondo se realizará siempre y cuando se tenga el consentimiento del beneficiario de restitución.
Adicional a esto, se dejó en claro que al proceso de contratación para administradores de los proyectos productivos no podrán participar las asociaciones o empresas en donde figuren quienes fueron opositores en la etapa judicial de la restitución.   
En referencia al alivio de pasivos, el taller sirvió para especificar los tipos de deuda  que se pueden exonerar bajo la Ley 1448 y la forma de esta exoneración. Entre los primeros se encuentran los impuestos, las tasas, los servicios públicos y los créditos con el sector financiero. Entre los segundos existen las exoneraciones, las refinanciaciones y las condonaciones.

“Lo importante es saber que existe una norma, conocer que todos tenemos una obligación social porque todos, de una u otra forma, hemos sido tocados por el conflicto”, expresó el director territorial, José René García, como invitación a los sectores interesados para que se vinculen decididamente a la implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

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